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Código de Procedimientos Penales Artículo 242 bis Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código de Procedimientos Penales Morelos
Artículo 242 bis. Solicitud de la orden de cateo

Las solicitudes de cateo del Ministerio Público se podrá formular por escrito y hacérsele llegar al juez por medio de correo electrónico o fax.

Asimismo, se podrá solicitar en forma verbal en audiencia en la que sólo intervendrán el juez y el Ministerio Público. Cuando exista riesgo de que se pierda la evidencia, la solicitud verbal se podrá realizar por teléfono. En ambos casos, las comunicaciones entre el Ministerio Público y el juez, así como la resolución que se dicte deberán ser grabadas en un registro de audio que será conservado por este último



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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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